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Autorización de Plazas Vacantes Definitivas |
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Objetivo:
Autorizar la ocupación de las plazas que hayan quedando vacantes, en forma definitiva, en los centros de trabajo, por:
Concepto:
- 31 Baja por defunción
- 32 Baja por renuncia
- 33 Baja por jubilación o pensión
- 35 Baja por término de nombramiento
- 37 Baja por pasar a otro empleo
- 75 Baja por incapacidad permanente del ISSSTE
Procedimiento:
- El centro de trabajo envía a la DGEST, en todo momento, oficio de solicitud, anexando el formato correspondiente:
- CSPDS-1PD, para plazas docentes
- CSPDS-2PND, para plazas no docentes
- La DGEST valida la plaza y analiza la propuesta.
- La DGEST emite y envía oficio de autorización o de observaciones.
- Una vez autorizado su uso, el centro de trabajo realiza los trámites para la adjudicación de la plaza.
Documentos base para justificar las propuestas:
- Reglamento de trabajo del personal docente o no docente, según sea el caso.
- Minuta SEP-SNTE vigente al momento de elaborar la propuesta.
- Circulares:
- 235, del 11 de febrero de 2002
- 612.3/0669/02, del 18 de abril de 2002
- 612.3/799/2003, del 20 de junio de 2003
- 612.3/819/03, del 23 de junio de 2003
- 612.3/425/2004, del 16 de marzo de 2004
- Criterios para la compactación y regularización de técnicos docentes y administrativos que se encuentran frente a grupo, 2003.
- Otras disposiciones aplicables .
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